Resumen
Antecedentes: La voluntad anticipada en salud mental (VASM) constituye un derecho de la persona con trastorno mental, para que de manera previsora acepte o rechace tratamientos que en el futuro pueda requerir de los servicios de atención médica.
Objetivo: Describir las especificaciones contenidas en las regulaciones de las VASM en algunos países latinoamericanos que cuentan con legislación en salud mental, que permitan su realización.
Método: Se llevó a cabo un análisis comparativo de las normativas vigentes sobre salud mental que incluyen las VASM en Argentina, Chile, México y Perú, considerando: 1) concepción de las VASM; 2) requisitos de las VASM, y 3) características del modo de obtención.
Resultados: En Argentina, Chile y México, la VASM es un derecho asociado al resguardo de la voluntad y las preferencias de las personas con respecto a las acciones que determinan sean o no tomadas en cuenta para su tratamiento o alternativas terapéuticas durante un evento grave a futuro que afecte su capacidad jurídica para tomar esas decisiones.
Conclusión: El trabajo normativo debe continuar para lograr el debido reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad psicosocial, armonizarse con sus derechos y considerar la realidad del contexto.
Objetivo: Describir las especificaciones contenidas en las regulaciones de las VASM en algunos países latinoamericanos que cuentan con legislación en salud mental, que permitan su realización.
Método: Se llevó a cabo un análisis comparativo de las normativas vigentes sobre salud mental que incluyen las VASM en Argentina, Chile, México y Perú, considerando: 1) concepción de las VASM; 2) requisitos de las VASM, y 3) características del modo de obtención.
Resultados: En Argentina, Chile y México, la VASM es un derecho asociado al resguardo de la voluntad y las preferencias de las personas con respecto a las acciones que determinan sean o no tomadas en cuenta para su tratamiento o alternativas terapéuticas durante un evento grave a futuro que afecte su capacidad jurídica para tomar esas decisiones.
Conclusión: El trabajo normativo debe continuar para lograr el debido reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad psicosocial, armonizarse con sus derechos y considerar la realidad del contexto.
| Idioma original | Español |
|---|---|
| Páginas (desde-hasta) | 31-46 |
| Publicación | Bioethics Update |
| Volumen | 11 |
| N.º | 1 |
| DOI | |
| Estado | Publicada - 28 feb. 2025 |
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